domingo, 2 de febrero de 2014

Rematan las tierras en silencio administrativo

Mientras los uruguayos disfrutan de licencias, playas y carnaval el Institto Nacional de Colonización les rematan las tierras en silencio administrativo 




FEBRERO
10
LUNES
 REMATE OFICIAL
Se realizará en EN SU UBICACIÓN, CAMINO ARRAYANES Y LAS FLORES, PROXIMIDADES CIUDAD DE PIRIÁPOLIS, MALDONADO
17 HORAS
8 chacras (únicas)
SEÑA 30% - COMISIÓN 3,5% MÁS IVA
EN EFECTIVO, LETRA DE CAMBIO O CHEQUE CERTIFICADOS DE BANCOS DE PLAZA
SALDO 90 DÍAS

[AMPLIAR]







CONDICIONES DE LAS SUBASTAS:  El día 10 de febrero de 2014, a partir de la hora 17, en su lugar de ubicación, intersección que forman la carretera a Piriápolis, conocido como camino de los Arrayanes y el camino a las Flores, proximidades de la ciudad de Piriápolis, Departamento de Maldonado, se sacará a la venta en REMATE OFICIAL los bienes inmuebles que se dirán, de propiedad del Instituto Nacional de Colonización. Intervendrán en las subastas los Rematadores designados al efecto por la Comisión Administradora del Registro Nacional de Rematadores, quienes actuarán bajo el contralor y la administración de la Asociación Nacional de Rematadores, Tasadores y Corredores Inmobiliarios. Los remates se realizarán sujetos a las siguientes Condiciones, que junto a las disposiciones legales aplicables regularán los actos. PRIMERO. Los bienes que saldrán a la venta son los inmuebles (fracciones de campo) empadronados en el Departamento de Maldonado con los números 31.833 al 31.840; cuyos datos complementarios figuran en el Anexo que forma parte integrante de estas Condiciones. SEGUNDO. Los inmuebles se encuentran desocupados y están en condiciones de ser entregados en forma simultánea a la celebración de las escrituras a quienes resulten sus adquirentes. TERCERO. Los títulos, antecedentes dominiales y planos de los inmuebles, así como la información registral, están a disposición de los interesados en el "Servicio de Escribanía", Cerrito 488, en el horario de oficina en días hábiles. CUARTO. Los inmuebles saldrán a la venta en Dólares Estadounidenses, con la base de U$S 24.000 la hectárea. Los Mejores Postores deberán depositar en el acto de bajar martillo una suma equivalente al 30% del precio aceptado en concepto de SEÑA, en efectivo, letra de cambio o cheque certificado contra bancos de plaza. Dicha seña integrará el precio. QUINTO. Será de cargo de los Mejores Postores el pago en el acto de bajar martillo de la Comisión de los Rematadores, más impuesto, lo que asciende a un 4,27%, del monto de la oferta aceptada impuesto incluido. Dicho concepto no integrará el precio. Soportarán asimismo los compradores, en su oportunidad, el pago del ITP en la parte compradora, y los gastos y honorarios de escritura que la ley pone de su cargo. SEXTO. Una vez concluida la subasta, deberá cada Mejor Postor además de exhibir su documento de identidad, constituir domicilio legal, suscribir el Acta de Remate y designar en el acto el Escribano que habrá de autorizar la escritura. SEPTIMO. La Seña se destinará a garantizar las obligaciones que asume el Mejor Postor, quien, al formular postura se entiende que acepta estas Condiciones. OCTAVO. Hasta tanto no se otorgue la escritura de compraventa, la operación deberá ajustarse a las previsiones legales, al contenido de estas condiciones y a las estipulaciones contenidas en el Acta de Remate. NOVENO. El Mejor Postor dispondrá de hasta 90 días como plazo máximo e improrrogable para el depósito del saldo de precio y para escriturar el inmueble. Si el Comprador no depositare el saldo de precio en el plazo establecido, o se resistiese a escriturar se entenderá nulo el remate, en cuto caso perderá el importe depositado por seña o los importes depositados por seña y precio sin perjuicio de los daños y perjuicios que hubiere ocasionado. No podrá el Mejor Postor negarse a escriturar aduciendo vicios o defectos de titulación anteriores al remate. Quien se presentare a la subasta y formulare postura se entiende que acepta el título. DECIMO. Los Martilleros actuarán con sujeción a las disposiciones legales que regulan su quehacer, a estas condiciones, y bajo el contralor y administración de la ANRTCI.
 INFORMES:
  INC - ANRTCI

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